Tuesday, August 16, 2011

IRS Tax Derechos de Apelación

¿Está usted en medio de un desacuerdo con el IRS? Uno de los derechos garantizados para todos los contribuyentes es el derecho de apelar. Si no está de acuerdo con el IRS sobre el monto de su deuda tributaria o de las acciones de cobranza propuesta, tiene el derecho de solicitar a la Oficina de Apelaciones del IRS que revise su caso.

Durante su contacto con los contribuyentes, los empleados del IRS tienen la obligación de explicar y proteger estos derechos del contribuyente, incluyendo el derecho de apelar. El sistema de Apelaciones del IRS es para personas que no están de acuerdo con los resultados de un examen de sus declaraciones de impuestos u otros ajustes de sus obligaciones fiscales. Además de los exámenes, usted puede apelar muchas otras cosas, a saber:

1. Las acciones de cobranza, tales como embargos, gravámenes, convulsiones, terminaciones de acuerdo a plazos y rechazó las ofertas en compromiso-
2. Multas e intereses
3. Ajustes de impuestos de empleo y la pena de fideicomiso de recuperación

Internos conferencias Apelaciones del IRS son reuniones informales. La Oficina de Apelaciones local, que es independiente de la oficina del IRS, a veces puede resolver un recurso de apelación por teléfono o por correspondencia.

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2. Multas e intereses
3. Ajustes de impuestos de empleo y la pena de fideicomiso de recuperación

Internos conferencias Apelaciones del IRS son reuniones informales. La Oficina de Apelaciones local, que es independiente de la oficina del IRS, a veces puede resolver un recurso de apelación por teléfono o por correspondencia.

El IRS también ofrece una opción llamada Vía Rápida de la mediación, durante el cual una apelación o de oficial de liquidación de los intentos de ayudar a usted y el IRS llegar a una solución mutuamente satisfactoria. La mayoría de los casos no protocolizado ante el tribunal califica de mediación de vía rápida. Usted puede solicitar la mediación de vía rápida a la conclusión de una auditoría o la determinación de la colección, pero antes de su solicitud para una audiencia de apelación normal. La mediación de vía rápida es el objetivo de promover la pronta resolución de una controversia. No eliminar o sustituir las actuales opciones de resolución de disputas, incluyendo la posibilidad de solicitar una reunión con un gerente o una audiencia antes de Apelaciones. Usted puede retirarse del proceso de mediación en cualquier momento.

Al asistir a una reunión informal o buscar la mediación, puede representarse a sí mismo o puede ser representado por un abogado, contador público o persona inscrita para ejercer ante el IRS.

Si usted y el oficial de apelaciones del IRS no puede llegar a un acuerdo, o si usted prefiere no apelar dentro del IRS, en la mayoría de los casos usted puede llevar su desacuerdo a la corte federal. Por lo general, vale la pena tener un ir en la mediación antes de comprometerse con un proceso judicial costoso y requiere mucho tiempo.

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